REBAJAS, SALDOS, LIQUIDACIONES ¿ES TODO LO MISMO?
La Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria, establece en sus artículos 16 y siguientes, la regulación de las actividades de promoción de ventas, señalando con carácter general la prohibición de utilizar las expresiones tales como “ventas en rebajas, ventas de saldos, ventas en liquidación, ventas con descuento o ventas con obsequio, u otras similares”, para anunciar ventas que no respondan al correspondiente concepto legal.
Sin embargo, en estas fechas, los consumidores nos encontramos con que nos bombardean constantemente con expresiones tales como “rebajas, saldos, liquidaciones, chollos, descuentos, promociones, todo desde … o descuentos hasta … , etc”, así que intentaremos en este artículo establecer cuales son las diferencias.