Una de “Rebajas”

Este Jueves  7 de Enero de 2010, se iniciaron  en Santander, al igual que en el resto de Cantabria el periodo de “Rebajas de Invierno”, y como todos los años, hemos empezado a recibir las primeras consultas y reclamaciones sobre este cíclico tema que son las Rebajas.

Así que ” Marchando una de consejos” para estos días: 

Sobre los anuncios de Rebajas: En los anuncios de rebajas, se deberá especificarse la duración de las mismas y, en su caso, las reglas especiales aplicables (si se admiten o no devoluciones, o si el régimen de las mismas se modifica en el periodo de rebajas, si se cambian o modifican los sistemas de pago admitidos, por ejemplo “no se admite el pago con tarjeta en periodo de rebajas”,etc ). La época de rebajas durará un periodo mínimo de una semana y máximo de dos meses. La fecha de inicio y de finalización de las rebajas la elige el comerciante dentro del periodo permitido

Las rebajas habrán de comprender al menos la mitad de los artículos puestos a la venta,  pues sino, no se podrá anunciar como una medida general, sino referida exclusivamente a los productos o grupos de productos a los que realmente afecte, los cuales habrán de estar identificados y separados del resto. Si se quieren vender productos de otras temporadas, estos se deben de poner a parte, y ofertarse como saldos, no como rebajas.

Siempre, deberá figurar con claridad, el precio anterior junto con el precio reducido o el anuncio del % de descuento. Los productos exhibidos en los escaparates deben llevar expuestos los precios, que serán visibles desde el exterior.

 

 

La bajada de precios no debe repercutir en la calidad del producto: Si el artículo tiene algún defecto, el comerciante está obligado a cambiarlo igual que en cualquier época del año. En este sentido, recordar que el sistema de cambios y devoluciones es el mismo que el resto del año, el comerciantes solo esta obligado a la devolución del importe de los productos, en el caso de que los mismos sean defectuosos, o por que así lo publicite el comerciantes, (en este último caso habrá que estar a las reglas que el comerciantes publicite en cuanto al periodo de devolución, estado del producto, etc). Si el comerciante opta por la entrega de los llamados comúnmente “VALES”, hemos de recordar que es un acto voluntario por parte del comerciante (salvo como ya hemos dicho, productos defectuosos o publicidad comercial) y que habrá que estar a lo que se establezca en el mismo, es decir, si es canjeable por dinero, productos, etc, además de cual es el periodo de validez y sus condiciones.

 

Se deben admitir los mismos medios de pago que se admiten durante el resto del año. Salvo que el comerciante con carácter previo lo anuncie adecuadamente y de modo visible, a los efectos de no inducir a error en el consumidor, ni tampoco se pueden establecer recargos por el pago con tarjeta de crédito.

La publicidad abusiva o engañosas “ todo desde …, o descuentos hasta …” Se considera fraudulenta la publicidad que oferta, por ejemplo, descuentos hasta un 50%, y este descuento no se aplica a un número sustancial de artículos aplicándose como gancho el 50%, cuando la inmensa mayoría de objetos tienen un 10% o un 20%. De la misma manera, también se considera fraudulenta la publicidad que utiliza como gancho, por ejemplo, artículos desde 10 €, y la inmensa mayoría de los artículos son de 50, 60 o más €.

Un tema polémico:

El conocido “ si no esta  contento, le devolvemos su dinero” y su incidencia en el periodo de rebajas. (La devolución de artículos regalados en Reyes que son devueltos una vez iniciado el periodo de rebajas).

Se trata del habitual supuesto de la compra de un producto antes del periodo de rebajas, y su devolución una vez iniciada  estas, por  ejemplo, un articulo comprado el día 2 de enero, por 60 €, y devuelto el 7 de enero, pero al que le han puesto un precio rebajado de 40 €. En este supuesto la respuesta no puede ser   mas contundente, la oferta promocional se hizo a la hora de comprar el producto por 60 €, por lo que ejercitado lo ofertado, nos tendrán que devolver los 60 € abonados al momento de la oferta.

 

Y por último un importante consejo:

Pida siempre el ticket o factura de compra y guárdelo a los efectos de poder ejercer los derechos de garantía de los productos que adquiera, y que respecto de los bienes de naturaleza duradera, es una garantía de dos años.

Y como no, ¡Feliz año nuevo! y felices rebajas. 

3 comentarios

  • By Libertario, 8 Enero 2010 @ 16:03

    Muy bueno, es Ud. una autentica autoridad en la materia.

  • By lobo viejo, 6 Abril 2010 @ 10:30

    en mi ultramarinos todas las señoras estaban contentas. Las cosas eran buenas. Y había pocas cosas. El problema ahora son las cosas. Muchas cosas y todas pesadas para durar poco . A veces se les va la mano y duran todavía menos. ¡rRevolución!. apago que vienen

  • By lobo viejo, 6 Abril 2010 @ 13:32

    quería decir pensadas . Los dedos ya no me van.

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