Los sindicalistas liberados cobran las horas extras que otros trabajan.
En la Administración regional tienen que pagar a los liberados sindicales las horas extra que realizan quienes les sustituyen en sus puestos de trabajo, así como los complementos salariales por los turnos, las noches y los festivos que ellos no trabajan, pero sí quienes desarrollan las funciones que a ellos les corresponderían.